El Himno Municipal deberá ser interpretado en las
siguientes ocasiones
1. Para tributar honores a la Bandera Municipal.
2. Para rendir homenaje al Alcalde o Alcaldesa del Municipio.
3. En los actos oficiales de solemnidad.
4. En los actos públicos que se lleven
a efecto en los dentro del Municipio para la conmemoración de las fechas
históricas de la Patria y el Municipio.
5. En los casos que prevean otras Ordenanzas Municipales.
6. En aquellos
actos que determine el Reglamento de la presente Ordenanza.
Todo ciudadano y ciudadana del Municipio, extranjero y
extranjera, transeúnte y visitante podrá interpretar el Himno Municipal
diariamente, siendo obligatoria su entonación en aquellos días y condiciones
señalados en esta Ordenanza y su Reglamento.
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